Conduces con chanclas o sandalias? ¡Cuidado con la multa!👇👇👇👇👇👇👇👇👇👇

¿Conduces con chanclas o sandalias? ¡Cuidado con la multa!

Una falta de claridad mantenida por el Código de Circulación

En teoría, la respuesta es sencilla:  ninguna ley prohíbe explícitamente conducir con chanclas , sandalias o incluso descalzo. Ninguna normativa especifica un tipo de calzado concreto para conducir. El problema surge con el artículo R412-6 del Código de Circulación francés, que exige a todos los conductores  «estar constantemente en un estado y posición que les permita realizar con facilidad y rapidez todas las maniobras necesarias ». Esta redacción deliberadamente amplia permite a las autoridades determinar, caso por caso, si el uso de chanclas compromete la capacidad de frenar o maniobrar en caso de emergencia.

El resultado: conducir en chanclas no es ilegal en sí mismo, pero puede ser sancionado si un agente de policía considera que la situación es peligrosa. La multa será de 135 €, sin que se resten puntos del carné. En la práctica, este tipo de multa es poco común y, por lo general, requiere una conducta peligrosa previa, exceso de velocidad o una frenada defectuosa evidente para que se produzca la infracción.